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¿Qué es el Reglamento de la UE sobre productos sanitarios (MDR 2017/745)?: Lo que deben saber los fabricantes

Publicado el:
9/8/2024
Actualizado el:
9/8/2024
5 minutos de lectura
Escrito por: 
Bernd Neufert

Experto en compras estratégicas

Conozca los aspectos más importantes del Reglamento de la UE sobre productos sanitarios (MDR 2017/745) y cómo los fabricantes pueden cumplir con la normativa. Obtenga más información sobre los nuevos requisitos, la evaluación de la conformidad y la importancia de actuar con antelación para garantizar el acceso al mercado. Descubra cómo Relatico puede ayudarle en su proceso de adaptación al MDR.

El Reglamento sobre productos sanitarios de la Unión Europea (MDR 2017/745), que entrará en vigor el 26 de mayo de 2021, supone una importante revisión del marco jurídico de la UE en materia de productos sanitarios.

El Reglamento sobre productos sanitarios (MDR) se ha elaborado para tener en cuenta los avances en el ámbito de la tecnología médica y garantizar un mayor nivel de seguridad y rendimiento. Sustituye a la anterior Directiva sobre productos sanitarios (MDD) 93/42/CEE y a la Directiva sobre dispositivos médicos implantables activos (AIMDD) 90/385/CEE. Dado que los fabricantes están trabajando para cumplir los estrictos requisitos del MDR, es imprescindible comprender sus componentes clave y el cumplimiento normativo para seguir teniendo acceso al mercado europeo.

Modificaciones sustanciales del Reglamento MDR 2017/745

La MDR introduce varios cambios fundamentales con respecto a las directivas anteriores, centrados en la seguridad de los pacientes, la transparencia y la trazabilidad. Algunos de los cambios más significativos son:

  1. Ámbito de aplicación ampliado y normas de clasificación: El MDR amplía la definición de productos sanitarios e incluye ahora también productos sin finalidad médica, como, por ejemplo, los implantes cosméticos y las lentes de contacto. El reglamento también revisa las normas de clasificación, lo que podría mejorar la clasificación de riesgo de muchos productos, lo que a su vez requerirá evaluaciones de conformidad más estrictas.
  2. Requisitos estrictos para la evaluación clínica: ahora, la evidencia clínica debe ser sólida y reflejar el uso real, con requisitos más estrictos para las evaluaciones clínicas, especialmente en el caso de los productos de mayor riesgo. Además, los fabricantes deben llevar a cabo un seguimiento clínico continuo tras la comercialización (PMCF) para supervisar el rendimiento y la seguridad del producto.
  3. Sistema de identificación única de dispositivos (UDI): El Reglamento sobre productos sanitarios (MDR) exige un sistema de identificación única de productos (Unique Device Identification, UDI) para mejorar la trazabilidad a lo largo de toda la cadena de suministro. Cada producto se dota de un identificador único que se almacena en EUDAMED (base de datos europea de productos sanitarios) y que facilita el seguimiento de los productos a lo largo de todo su ciclo de vida.
  4. Transparencia a través de EUDAMED: El MDR hace hincapié en la transparencia y exige que la información detallada sobre los productos esté disponible en la base de datos EUDAMED. Esto incluye datos sobre ensayos clínicos, informes de vigilancia y la trazabilidad de los productos, a los que pueden acceder tanto las autoridades reguladoras como el público en general.
  5. Mayor vigilancia y seguimiento posterior a la comercialización: El Reglamento exige un enfoque más proactivo en lo que respecta al seguimiento posterior a la comercialización (Post-Market Surveillance, PMS), por lo que los fabricantes deben establecer sistemas para supervisar de forma continua el rendimiento de los productos y para notificar incidentes o medidas correctivas.

El proceso de cumplimiento normativo de la MDR

Para cumplir con el Reglamento MDR, los fabricantes deben encargar a un organismo notificado la realización de una evaluación de conformidad, en función de la clasificación de sus productos. El procedimiento suele incluir lo siguiente:

  1. Solicitud de evaluación de la conformidad: Los fabricantes deben presentar una solicitud ante un organismo notificado, que examinará la documentación técnica del producto, la clasificación de riesgos y la evidencia clínica. Este paso es fundamental para garantizar que el producto cumpla los requisitos del MDR.
  2. Evaluación clínica y PMS: Es obligatorio realizar una evaluación clínica exhaustiva, para lo cual se requieren actividades continuas de PMS con el fin de recopilar datos de la práctica clínica. Los resultados de estas evaluaciones deben documentarse y presentarse como parte de la evaluación de la conformidad.
  3. Diálogo estructurado: Antes de presentar una solicitud formal en el marco del Reglamento sobre los dispositivos médicos (MDR), los fabricantes pueden entablar un diálogo estructurado con un organismo notificado para aclarar aspectos procedimentales y normativos y, de este modo, agilizar el proceso de presentación.
  4. Etiquetado y cumplimiento de la normativa UDI: Los productos deben etiquetarse correctamente de acuerdo con las directrices del MDR, incluida la asignación de un UDI. Esto garantiza una identificación y trazabilidad adecuadas en el mercado de la UE.
  5. Registro en EUDAMED: Los fabricantes deben registrar sus productos en la base de datos EUDAMED y, al hacerlo, facilitar información detallada sobre el producto, su evaluación clínica y las medidas de vigilancia posteriores a la comercialización.

Calendario y plazos de transición

El MDR entró oficialmente en vigor el 26 de mayo de 2021, si bien se amplió hasta el 31 de diciembre de 2028 el plazo de transición para los productos que ya habían sido autorizados con arreglo a la MDD y la AIMDD. Esta prórroga concede a los fabricantes más tiempo para obtener la certificación del MDR, especialmente en el caso de los productos que ya se encuentran en el mercado. No obstante, a pesar de la ampliación de los plazos, se recomienda encarecidamente a los fabricantes que inicien el proceso de certificación lo antes posible para evitar dificultades en el acceso al mercado.

La importancia de la «Early Action»

Dada la complejidad del MDR y los posibles plazos de tramitación más largos, es fundamental actuar con antelación. Como una de las primeras organizaciones designadas como organismo notificado en el marco del MDR, TÜV SÜD aconseja a los fabricantes que inicien ya su proceso de cumplimiento normativo. Ponerse en contacto con un organismo notificado con antelación puede ayudar a detectar posibles problemas y a agilizar el proceso de certificación, garantizando así que los productos permanezcan en el mercado sin interrupciones.

Conclusión

El Reglamento MDR 2017/745 es una normativa exhaustiva cuyo objetivo es garantizar la seguridad y la eficacia de los productos sanitarios en el mercado de la UE. Aunque la adaptación a los nuevos requisitos puede suponer un reto, una planificación proactiva y la colaboración con organismos notificados como TÜV SÜD pueden ayudar a los fabricantes a hacer frente a la complejidad del cumplimiento normativo. Al comprender los cambios más importantes y iniciar el proceso de certificación con antelación, los fabricantes podrán seguir ofreciendo productos sanitarios seguros e innovadores en el mercado europeo.

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Bernd Neufert
Bernd Neufert
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Bernd cuenta con una amplia experiencia en compras estratégicas, forjada durante su trayectoria profesional en Eckes-Granini, Symrise y DuPont de Nemours. En la actualidad, se centra en el abastecimiento sostenible y las cadenas de suministro, y colabora con el equipo de relatico para desarrollar soluciones de software prácticas. Además, Bernd dirige su propia explotación agrícola y participa en proyectos de cadena de suministro a nivel mundial.