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¿Qué es el Reglamento de la UE sobre productos sanitarios (MDR 2017/745)?: Lo que deben saber los fabricantes

Publicado el:
9/8/2024
Actualizado el:
9/8/2024
5 minutos de lectura
Escrito por: 
Bernd Neufert

Especialista en compras estratégicas

Conoce los aspectos principales del Reglamento de la UE sobre productos sanitarios (MDR 2017/745) y cómo los fabricantes pueden cumplir con la normativa. Obtén más información sobre los nuevos requisitos, la evaluación de la conformidad y la importancia de actuar con antelación para garantizar el acceso al mercado. Descubre cómo Relatico puede ayudarte en tu proceso de adaptación al MDR.

El Reglamento sobre productos sanitarios de la Unión Europea (MDR 2017/745), que entró en vigor el 26 de mayo de 2021, supone una revisión significativa del marco normativo de la UE en materia de productos sanitarios.

Desarrollado para reflejar los avances en la tecnología de los productos sanitarios y garantizar un nivel más elevado de seguridad y rendimiento, el MDR sustituye a la MDD (Directiva sobre productos sanitarios) 93/42/CEE y a la AIMDD (Directiva sobre productos sanitarios implantables activos) 90/385/CEE. A medida que los fabricantes trabajan para cumplir los estrictos requisitos del MDR, comprender sus componentes principales y las vías de cumplimiento es esencial para mantener el acceso al mercado europeo.

Principales cambios en el Reglamento MDR 2017/745

El MDR introduce varios cambios fundamentales con respecto a las directrices anteriores, centrados en la seguridad, la transparencia y la trazabilidad del paciente. Algunos de los cambios más significativos son:

  1. Ámbito de aplicación y normas de clasificación ampliados: El MDR amplía la definición de productos sanitarios, incluyendo ahora productos sin finalidad médica, como los implantes estéticos y las lentes de contacto. El reglamento también revisa las normas de clasificación, lo que puede mejorar la clasificación de riesgo de muchos productos, lo que exige evaluaciones de conformidad más rigurosas.
  2. Requisitos rigurosos para la evaluación clínica: Las pruebas clínicas deben ser ahora sólidas y reflejar el uso en la práctica clínica real, con requisitos más rigurosos para las evaluaciones clínicas, especialmente en el caso de los productos sanitarios de alto riesgo. Los fabricantes también deben llevar a cabo un seguimiento clínico posterior a la comercialización (PMCF) continuo para supervisar el rendimiento y la seguridad del producto sanitario.
  3. Sistema de identificación única de productos sanitarios (UDI): El MDR exige un sistema de identificación única de productos sanitarios (UDI) para mejorar la trazabilidad a lo largo de toda la cadena de suministro. Cada producto sanitario contará con un identificador único, que se registrará en EUDAMED (Base de datos europea de productos sanitarios), lo que facilitará el seguimiento de los productos sanitarios a lo largo de todo su ciclo de vida.
  4. Transparencia a través de EUDAMED: el MDR hace hincapié en la transparencia y exige que la información detallada sobre los productos sanitarios esté disponible en la base de datos EUDAMED. Esto incluye datos sobre ensayos clínicos, informes de vigilancia y trazabilidad de los productos sanitarios, a los que pueden acceder tanto las autoridades reguladoras como el público.
  5. Vigilancia mejorada y vigilancia poscomercialización: La normativa exige un enfoque más proactivo en materia de vigilancia poscomercialización (PMS), por lo que los fabricantes deben implementar sistemas para supervisar de forma continua el rendimiento del dispositivo e informar de cualquier incidente o medida correctiva.

El proceso de cumplimiento del MDR

Para cumplir con el MDR, los fabricantes deben someterse a una evaluación de conformidad llevada a cabo por un organismo notificado, en función de la clasificación de sus productos sanitarios. El proceso suele incluir:

  1. Solicitud de evaluación de conformidad: Los fabricantes deben presentar una solicitud ante un organismo notificado, que analizará la documentación técnica del producto, la clasificación de riesgo y las pruebas clínicas. Esta etapa es fundamental para garantizar que el producto cumpla con los requisitos del MDR.
  2. Evaluación clínica y PMS: es obligatorio realizar una evaluación clínica completa, con actividades continuas de PMS necesarias para recopilar datos reales. Los resultados de estas evaluaciones deben documentarse y enviarse como parte de la evaluación de conformidad.
  3. Diálogo estructurado: Antes de presentar una solicitud formal conforme al Reglamento sobre los productos médicos (MDR), los fabricantes pueden entablar un diálogo estructurado con un organismo notificado para aclarar aspectos procedimentales y normativos, lo que contribuye a agilizar el proceso de presentación.
  4. Etiquetado y cumplimiento de la UDI: Los productos sanitarios deben estar correctamente etiquetados de acuerdo con las directrices del MDR, incluida la asignación de un UDI. Esto garantiza una identificación y trazabilidad adecuadas en el mercado de la UE.
  5. Registro EUDAMED: Los fabricantes deben registrar sus productos sanitarios en la base de datos EUDAMED, facilitando información detallada sobre el producto, su evaluación clínica y las actividades de vigilancia poscomercialización.

Calendario y períodos de transición

El MDR entró oficialmente en vigor el 26 de mayo de 2021, con un período de transición prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2028 para los productos sanitarios previamente autorizados en virtud de la MDD y la AIMDD. Esta prórroga permite a los fabricantes disponer de más tiempo para obtener la certificación MDR, especialmente en el caso de los productos sanitarios que ya se encuentran en el mercado. No obstante, a pesar de la ampliación de los plazos, se recomienda encarecidamente a los fabricantes que inicien el proceso de certificación lo antes posible para evitar interrupciones en el acceso al mercado.

La importancia de actuar con antelación

Dada la complejidad del MDR y la posibilidad de que los plazos de tramitación se alarguen, es fundamental actuar con antelación. TÜV SÜD, como una de las primeras organizaciones designadas como organismo notificado conforme al MDR, aconseja a los fabricantes que inicien ya su proceso de cumplimiento. La colaboración temprana con un organismo notificado puede ayudar a identificar posibles dificultades y agilizar el proceso de certificación, garantizando que los productos sigan en el mercado sin interrupciones.

Conclusión

El Reglamento (UE) 2017/745 (MDR) es una normativa integral diseñada para garantizar la seguridad y la eficacia de los productos sanitarios en el mercado de la UE. Aunque la transición a los nuevos requisitos puede suponer un reto, una planificación proactiva y la colaboración con organismos notificados como TÜV SÜD pueden ayudar a los fabricantes a sortear las complejidades del cumplimiento normativo. Al comprender los principales cambios e iniciar el proceso de certificación con antelación, los fabricantes pueden seguir suministrando productos sanitarios seguros e innovadores al mercado europeo.

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Bernd Neufert
Bernd Neufert
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Bernd cuenta con una amplia experiencia en compras estratégicas, forjada durante su trayectoria profesional en Eckes-Granini, Symrise y DuPont de Nemours. En la actualidad, se centra en el abastecimiento sostenible y las cadenas de suministro, y colabora con el equipo de relatico para desarrollar soluciones prácticas de software. Además, Bernd dirige su propia explotación agrícola y participa en proyectos relacionados con la cadena de suministro a nivel mundial.