
En mayo de 2024, el Consejo Europeo aprobó la Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD), sentando así las bases para su transposición al Derecho nacional.
En Alemania, esto se llevará a cabo en los próximos dos años mediante una adaptación de la Ley nacional de diligencia debida en la cadena de suministro (LkSG).
El ámbito de aplicación de la ley de la cadena de suministro adaptada se ampliará entonces gradualmente hasta 2029 a todas las empresas con al menos 1.000 empleados y una facturación anual superior a 450 millones de euros.
Esta normativa se aplica tanto a las empresas nacionales como a las empresas con sede fuera de la UE, siempre que alcancen dicha facturación de más de 450 millones de euros en la UE.
Dado que muchas empresas ya se han adaptado a una mayor transparencia tras la entrada en vigor de la LkSG local en enero de 2023, ha llegado el momento de mirar aún más allá.
A pesar de los numerosos puntos en común, también hay aspectos en los que la CSDDD difiere de la LkSG. No obstante, existen muchas posibilidades de aprovechar las estructuras y los procesos ya establecidos para la aplicación de la Directiva europea sobre la cadena de suministro.
Un ámbito obvio en el que basarse en las estructuras existentes para la aplicación de la CSDDD es la gestión de riesgos.
Muchas empresas ya han tenido que comprobar, en el marco de la LkSG, si en la cadena de suministro existen o han existido riesgos relacionados con los derechos humanos o el medio ambiente, o incluso infracciones. Quienes hayan implementado sus propios instrumentos y procedimientos de análisis para este paso, pueden utilizarlos también para el análisis de riesgos exigido por la CSDDD.
Las empresas se benefician si aprovechan la experiencia adquirida y, en su caso, amplían los procesos que han dado buenos resultados.
Se producen efectos similares en lo que respecta a la presentación de informes, que, debido a los requisitos de la CSDDD, no solo abarca las medidas para cumplir con las obligaciones de diligencia debida, sino también la estrategia de sostenibilidad de una empresa y su aplicación. Por lo tanto, las empresas afectadas por la CSDDD deben informar también de forma detallada sobre sus objetivos de sostenibilidad a largo plazo, las estrategias para alcanzarlos, así como los avances concretos y los retos a los que se enfrentan en su aplicación.
En los contenidos de la CSDDD —al igual que en los requisitos de información de la LkSG alemana— existen, en algunos casos, importantes solapamientos con las medidas y la información actualizada que deben recopilarse y comunicarse en el marco de la información sobre sostenibilidad exigida por la CSRD. Resulta conveniente identificar desde el principio los solapamientos con los temas de sostenibilidad esenciales de una empresa y recopilar los riesgos, datos e indicadores clave de rendimiento (KPI) relevantes de una sola vez para cada uno de los requisitos.
Estos efectos sinérgicos también se aplican a las empresas que ya elaboran informes anuales de conformidad con la LkSG. Los informes elaborados según la LkSG ya contienen información detallada sobre los riesgos en materia de derechos humanos y medio ambiente, así como sobre las medidas para minimizarlos. Las empresas deberían utilizar sin falta esta información como base para cumplir los futuros requisitos de información ampliados y más detallados de la CSDDD. Esto puede lograrse, por ejemplo, ampliando sus sistemas de recopilación de datos con puntos de datos adicionales relevantes para la CSDDD.
La LkSG obliga a las empresas a establecer un mecanismo de reclamaciones que permita a los afectados denunciar irregularidades en la cadena de suministro. La CSDDD amplía los requisitos relativos al procedimiento de reclamaciones al exigir expresamente una participación integral de todas las partes afectadas en su diseño. Este criterio, que en el marco de la LkSG se tiene en cuenta sobre todo en la evaluación de la eficacia, implica que no solo los empleados y proveedores directos, sino también otros grupos afectados, como la población local o las ONG, deben participar activamente en su diseño.
Por lo tanto, las empresas afectadas pueden basarse también en este caso en su mecanismo de reclamaciones ya establecido, que debería someterse a revisión en función de los grupos de partes interesadas pertinentes y, en su caso, perfeccionarse. Como resultado, es posible que, por ejemplo, se creen canales de comunicación adicionales para integrar de manera eficaz en el proceso a los grupos de partes interesadas recién identificados.
Además de establecer vías de notificación accesibles para los incidentes, la CSDDD exige también la definición de medidas correctivas para subsanar las infracciones existentes y prevenir incidentes futuros. Dado que esto también está previsto en la LkSG, muchas empresas ya han definido medidas de prevención y corrección específicas y, con ello, han establecido estrategias para poner fin a las violaciones de los derechos humanos y del medio ambiente. Estos sistemas suelen incluir procesos estandarizados para el desarrollo y la aplicación de planes de acción, así como para supervisar la eficacia de las medidas.
Si, por ejemplo, una empresa ha desarrollado, en el marco de la LkSG, programas de formación preventiva para sus proveedores con el fin de prevenir violaciones de los derechos humanos y del medio ambiente, también puede utilizar dichos programas para cumplir los requisitos de la CSDDD y ampliarlos a otros proveedores.
Los sistemas de control y las estructuras de gobernanza constituyen el núcleo de un cumplimiento integral a lo largo de la cadena de suministro y, por tanto, un componente importante tanto de la LkSG como de la CSDDD. También en este caso, las empresas pueden, en determinados casos, adoptar y perfeccionar los sistemas existentes para supervisar las obligaciones ampliadas de la CSDDD. Así, por ejemplo, pueden ampliar las competencias de los órganos de control internos —que hasta ahora se han centrado principalmente en la supervisión de los riesgos en materia de derechos humanos— para abarcar el amplio catálogo de aspectos medioambientales.
Las empresas se benefician de mayores sinergias si refuerzan las auditorías y revisiones que ya se llevan a cabo en el marco de la aplicación de la LkSG. Entre otras cosas, es recomendable adaptar los protocolos de auditoría y garantizar que estas sean más exhaustivas y detalladas, con el fin de abarcar tanto los riesgos sociales como los medioambientales.
Un análisis de la práctica demuestra que existen numerosos enfoques para aprovechar el potencial de sinergias e integrar de manera eficiente las obligaciones ampliadas de la LkSG en los procesos y estructuras existentes. Así, las empresas que se rigen por la LkSG ya han aplicado operativamente muchos de los requisitos y pueden posicionarse como pioneras en el mercado europeo.
En el futuro, muchas empresas analizarán con gran detalle los posibles riesgos en la cadena de suministro de sus socios y proveedores, debido al refuerzo de las obligaciones de diligencia debida. Y ahora es el momento de eliminar las posibles discrepancias entre las obligaciones de notificación de la LkSG, la CSRD y la CSDDD, con el fin de permitir un uso uniforme de los datos y minimizar la carga administrativa.
El software de Relatico puede ser una herramienta muy útil para ayudar a las empresas a hacer frente a los complejos requisitos de la CSDDD, la LkSG y la CSRD. Puede ayudar a centralizar la recopilación de datos, racionalizar los procesos de gestión de riesgos y facilitar la elaboración de informes exhaustivos. Las funciones de Relatico pueden ayudar a las empresas a mapear sus cadenas de suministro, identificar y evaluar riesgos, implementar medidas de diligencia debida y elaborar los informes necesarios para cumplir con los distintos requisitos legales. Al proporcionar una plataforma unificada para la gestión de la sostenibilidad y el cumplimiento normativo de la cadena de suministro, Relatico puede ayudar a las empresas a aprovechar las sinergias entre las distintas normativas, reducir la carga administrativa y garantizar una presentación de informes coherente y precisa sobre los distintos requisitos de sostenibilidad y diligencia debida.
Bernd cuenta con una amplia experiencia en compras estratégicas, forjada durante su trayectoria profesional en Eckes-Granini, Symrise y DuPont de Nemours. En la actualidad, se centra en el abastecimiento sostenible y las cadenas de suministro, y colabora con el equipo de relatico para desarrollar soluciones de software prácticas. Además, Bernd dirige su propia explotación agrícola y participa en proyectos de cadena de suministro a nivel mundial.